
Educar en competencias y no en capacidades (Parte 2)
El modelo que establece la nueva Ley de Educación sigue el esquema de un “modelo de competencias” basado en una intervención psico-social. ¿Esto qué significa?
Lo que necesitan las personas para ser capaces de resolver los problemas por sí mismas son recursos, es decir, herramientas útiles tanto para dentro de la escuela como para su futuro, por lo que éstas deben ser proporcionadas adecuadamente para que puedan lograrlo.
Para entenderlo mejor vamos a explicar de manera concisa ciertos conceptos.
Una conducta o comportamiento es todo lo que hace, dice o manifiesta un ser humano. Siempre estamos haciendo algo, y los que se encuentran a nuestro alrededor, también.
- Son conductas: todo lo que hacemos en respuesta a una motivación. Se realizan en un lugar, en una situación, en un momento o con otras personas, y dependen de las influencias ambientales (lugar, tiempo, personas, etc.).
- Son comportamientos: los diferentes conjuntos de conductas: actuar, hablar, pensar, sentir…
- Comportamiento motor (cuando nos movemos, jugamos, escribimos, comemos, etc.).
- Comportamiento verbal (cuando hablamos).
- Comportamiento cognitivo (cuando pensamos o imaginamos).
- Comportamiento emocional (cuando reímos, lloramos, estamos tristes, gritamos, etc.)
Las conductas tienen un antecedente que predispone a comportarse de una manera determinada. Una conducta tiene unas consecuencias agradables (producen un refuerzo positivo) o desagradables (producen un refuerzo negativo que llevan a la desaparición de esa situación que molesta o que puede producir la aparición de un estímulo que molesta).
Para que el refuerzo funcione en la conducta, tiene que ser lo más inmediato posible a ella.
La nueva Ley propone que cada propuesta de trabajo con el alumnado, independientemente de que sea de carácter diario, mensual, trimestral, etc.), y para todos los saberes básicos (anteriormente, los contenidos), se plasme en lo que actualmente se denomina en la Ley de Educación “situaciones de aprendizaje”.
Evidentemente, con las edades con las que nosotros trabajamos, entendemos que estas situaciones no suponen ninguna novedad con respecto a lo anterior: el aprendizaje por imitación es el inicio de la asimilación de los conocimientos en la persona y la imitación se mantiene a lo largo de toda la vida.
El niño observa desde el mismo momento de su nacimiento y ese proceso de observación va a formar parte de su desarrollo cognitivo, lo mismo que con la imitación, incluidas las conductas. De esa manera va aprendiendo sus primeros comportamientos.
La persona no imita todo lo que observa, sólo imita las conductas o acciones que selecciona porque, de alguna manera, tienen para ella consecuencias positivas. En estas edades tan tempranas sólo pueden imitar conductas muy sencillas que poco a poco aumentan en complejidad.
Al plantear una situación de aprendizaje descubrimos que el niño puede aprender de tres formas diferentes:
- Aprendizaje por imitación.
- El modelo hace una conducta (son “modelos” las personas más cercanas, personas de prestigio, héroes televisivos, etc.).
- Observamos al modelo.
- Incorporamos la conducta en el conjunto de nuestros comportamientos.
- Aprendizaje por consecuencias.
- Hacemos una conducta.
- Obtenemos un refuerzo, positivo o negativo (desaparición o no aparición de algo que realmente molesta).
- Tendemos a repetir la conducta.
- Aprendizaje por asociación de estímulos
- Hay una asociación de un estímulo neutro (aquel que no produce ningún efecto sobre la conducta o que no produce una respuesta significativa en el organismo) con otro que sí es significativo para la persona, es decir, se produce una conexión en el cerebro de dos elementos muy diferentes. Un ejemplo sería cuando asociamos la alarma del despertador a madrugar, lo cual nos permite aprender para qué sirve este aparato, pero también el disgusto que nos causa.
- Manifestamos una conducta voluntaria, no aprendida.
- Manifestamos una conducta involuntaria cuando aparece el estímulo neutro.
Después de analizar lo anterior, nuestra propuesta para poder dar cumplimiento a la Ley es proporcionar “situaciones de aprendizaje” desde la invitación al niño para participar en ella, de manera que sea el niño el que por sí mismo quiera participar, investigar, descubrir, indagar y ser capaz de pedir ayuda si la necesita, proporcionándole nosotros estas ayudas que le descubran la forma de poder continuar de manera autónoma y responsable.
Cuando más aprende el niño es cuando se le deja hacer, se le da el tiempo suficiente, cuando no se le dan indicaciones ni correcciones de forma continua, cuando se le permite trabajar en silencio y no se le manda callar ante los comentarios que manifiesta cuando descubre algo que le resulta muy interesante. El niño será cada vez más competente si le permitimos crecer en autonomía, libertad, voluntad y responsabilidad personal.
- Autonomía: es capaz de hacer las cosas por sí mismo.
- Libertad, que no libertinaje (que sería la libertad excesiva y abusiva en lo que se dice o hace): “Facultad y derecho de las personas para elegir de manera responsable su propia forma de actuar dentro de una sociedad”.
- Voluntad: Capacidad humana para decidir con libertad lo que se desea y lo que no.
- Responsabilidad personal: cumplimiento de todos los compromisos que una persona adquiere consigo misma o con los demás.
Un niño adquiere la base de todos sus aprendizajes, conductas y comportamientos en la familia y en su entorno más cercano, como es la familia extensa.
La Escuela es un apoyo necesario que colabora en todo el proceso educativo del niño junto con la familia por lo que es absolutamente necesario que la filosofía del centro educativo coincida con nuestro pensamiento y actuar con respecto al niño para que realmente exista coherencia y, por tanto, la persona desarrollar las capacidades y competencias a las que se refiere la nueva Ley de Educación.
Continuaremos facilitando información sobre cómo desarrollar competencias de forma progresiva y conforme al desarrollo evolutivo de la persona desde las edades más tempranas.
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